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1 de noviembre de 2007
,por Medrano, Marcela
1. INDEMNIZACIÓN DUPLICADA. DEROGACIÓN
El Decreto Nº 1.224/2007 (B.O. del 11/09/2007) declara cumplida la condición prevista en el artículo 4º de la Ley Nº 25.972, que establecía la suspensión de los despidos sin causa justificada dispuesta por el artículo 16 de la Ley Nº 25.561, hasta que la tasa de desocupación resulte inferior al diez por ciento (10%). Cumplida la condición ya, que la tasa de desempleo se ubicó por debajo de los dos dígitos, no se aplica más la indemnización agravada o la {“doble”}.
2. SISTEMA ÚNICO DE LA SEGURIDAD SOCIAL
2.1. Sistema... >
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Dictamen Nº 75/2001 (D.A.L.)
1 de octubre de 2006
,por Grenabuena, Silvia R.
{Recursos de la Seguridad Social. Retención de Aportes Previsionales. Impugnación de Deuda Previsional}
29 DE JUNIO DE 2001
COMENTARIO
En este dictamen se consulta a la Administración Federal de Ingresos Públicos sobre el momento en que corresponde ingresar los aportes y contribuciones, y sus asesorios, sobre el sueldo anual complementario, en el caso que el mismo no se abone en fecha en virtud de un convenio suscripto por los representantes de las empresas y el sindicato que representa a los trabajadores.
El Fisco interpreta que el convenio suscripto entre los... >
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